Mi pequeña opinión diaria


Ahora quieren cambiar la vara



La opinión, en especial la opinión jurídica, no debería torcerse de acuerdo a los intereses o conveniencias.  Es un principio intelectual que debería ser inmutable.

Cuando esa opinión es sobre la Constitución Nacional, el tema es todavía más importante.

La discusión ahora es sobre el cálculo de los porcentajes para determinar si un candidato ha llegado o no a ganar en primera vuelta, o si se debe ir a ballotage.

La Constitución dice que se calculará sobre el “ total de votos afirmativos válidamente emitidos”. Es decir que excluye los votos nulos o impugnados.

La duda entonces es si los votos en blanco son afirmativos o no.  En este caso correspondería utilizar un viejo recurso interpretativo. Si los constituyentes hubieran querido que los porcentajes se calcularan sobre los votos positivos y en blanco, ¿para qué habría agregado el término “afirmativos”?

Si tal hubiera sido la intención, habría bastado con expresar que los porcentajes se debían calcular  sobre “el total de votos válidamente emitidos”. Al agregar el término “afirmativos” es evidente, aunque no nos guste ni convenga, que se están dividiendo los votos válidos en dos categorías, que no pueden ser otras que votos afirmativos y votos en blanco, ya que no existe otra posibilidad en la práctica.

Sostener que el término "afirmativos” es una redundancia, como parecen querer algunos expertos, es entrar en una exégesis contraria a la letra y al espíritu de ese punto de la Constitución.

Confrontados a un resultado electoral que les puede ser adverso, en vez de hurgar en los tratados y en la opinión de los constitucionalistas, los candidatos deberían hurgar en sus programas y escudriñar los mensajes que le envían a la ciudadanía.

La Constitución Nacional ya ha sido suficientemente manoseada.



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