OPINIÓN | Edición del día Martes 06 de Diciembre de 2016

Por Dardo Gasparré - Especial para El Observador


Lavado y República


Con la celeridad y diligencia de los culposos, el gobierno kirchnerista hizo aprobar varias leyes y reglas contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Esas normas siguieron la línea habitual del GAFI de dar vueltas de tuerca sucesivas tanto en la tipificación y cantidad de los delitos que se penan como en la de los sujetos obligados.

Curiosamente el propio kirchnerismo se encargó de burlarlas posteriormente mediante el simple expediente de no reportar los casos sospechosos en su jurisdicción, o directamente al no prestar atención a las denuncias recibidas en la Unidad de Inteligencia Financiera. También fueron burladas alevosamente en todos los casos de corrupción que ahora se ventilan en la justicia y en los medios, sin resultados a la vista.

Cambiemos hizo recientemente malabarismos verbales y jurídicos para explicar que el nuevo blanqueo impositivo no perdona los delitos de lavado, pero que al mismo tiempo los bancos no tienen la obligación de pedir demasiadas explicaciones sobre el origen de fondos.

Al no haberse avanzado en las denuncias penales de modo relevante, no se han planteado aún los recursos de inconstitucionalidad que para muchos especialistas plantea el paquete de leyes comentado. Normas que juzgan sobre hechos retroactivos, referidas a supuestos delitos precedentes prescriptos, que obligan a exhibir comprobantes que no se requería conservar por la legislación vigente en cada momento, ofrecen sin duda flancos que chocan con el marco constitucional.

A ello se agrega el criterio implícito de tener que probar que no se han cometido delitos de los que el ciudadano no ha sido acusado, sin saber cuáles son ni cuando habrían sido cometidos, lo que tensa la lógica jurídica y sacude los derechos del individuo con exigencias kafkianas que lo ponen en manos de la decisión de un funcionario.

Por eso los países centrales han aplicado reglas que persiguen el objetivo conjunto, acertado e imprescindible de combatir el lavado de activos, pero respetando cada uno su marco constitucional. Intimidados por el riesgo de ser considerados parias por el sistema mundial y otras consecuencias, los países periféricos aplican el formato que se les requiere y esperan que el Poder Judicial se allane a la voluntad del mercado global.

Uruguay discute ahora dos nuevas piezas legales similares a las que aplicó Argentina en 2011, también a pedido. La ley contra la financiación del terrorismo, y una nueva ley que se supone replanteará, recopilará y perfeccionará las normas vigentes contra el lavado de activos, en otra vuelta de tuerca.

Por la importancia de esa legislación en los aspectos financieros y patrimoniales, las obligaciones que impone a numerosos sectores y las implicancias constitucionales que plantea, estos proyectos deberían ser conocidos ampliamente y debatidos por toda la comunidad. La impaciencia por aprobar la normativa y la exigencia por crear una norma preestandarizada pueden terminar desvirtuando el objetivo inicial y reduciendo la seguridad y seriedad financiera y jurídica que se intentan defender.

La modesta e insinuada observación del Presidente de la Suprema Corte de Justicia –que no ha abierto juicio alguno sobre la validez ni la constitucionalidad de estas leyes, como cabe a un profesional de experiencia– no debería ser descalificada sin sopesarla profundamente. El principio de dejar de lado las garantías de la Constitución en nombre de un fin superior, no existe en estos lares, ni es digerido por la ciudadanía. Nuestros sufridos países tienen todavía la esperanza, acaso última, de que su Estado y sus gobiernos respeten los derechos esenciales del ciudadano.

A ese sueño lo llamamos, con cierta inocencia, República.

Ese sueño ayuda a seguir caminando pese a todos los desaguisados de todos los políticos, a la demagogia, al populismo, a la burocracia y a la inutilidad. Pese a la falta de oportunidades, a la decadencia, a la mediocridad y a la frustración. La esencia de la República es la independencia de la Justicia. Esto es especialmente válido cuando el Poder Legislativo está inclinado a aprobar cualquier norma que en su criterio sancione al capital, lo que ciega cualquier decisión y la expone a la exageración.

La lucha contra el lavado de activos proveniente de delitos sociales es un objetivo global que todos los países y todas las personas deben apoyar. Pero cada país debe poder adoptar y adaptar los caminos para hacerlo, lo que no sólo tiene que ver con elementales cuestiones de soberanía, sino con una mejor aplicación de la legislación y el debido respeto a la ciudadanía. Las crecientes reacciones antisistema de las democracias mundiales tienen mucho que ver con este olvido.

No es cuestión de amparar a los verdaderos malhechores. Tampoco de desamparar a ciudadanos. Por ese camino del medio es posible construir objetivos comunes.